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Documento BOE-B-2013-3451

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados y se fija fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización del "Proyecto de Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector IX. Provincia de Jaén. Fase I". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes Sector IX de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir. Expediente: 10.21.334.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2013, páginas 4654 a 4656 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-3451

TEXTO

El Real Decreto Ley 10/2005, de 20 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras adversidades climáticas, en su artículo 7, declara de interés general determinadas obras de mejora y modernización de regadíos que figuran en el apartado A del Anexo, encontrándose entre ellas las obras de Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes del Sector IX de las Zonas Altas Vegas del Guadalquivir, T.M. Úbeda (Jaén). Dichas obras, también llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley.

Mediante Resolución de la Secretaria de Estado de Medio Rural y Agua, del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, de 22 de julio de 2011, se aprueba el "Proyecto de Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector IX. Provincia de Jaén. Fase I".

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 27 de noviembre de 2012.

Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Sector IX de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir, Plaza de la Asunción, n.º 3, El Donadío, Úbeda, 23509 Jaén, disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de actas previas a la ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, y en las oficinas de la Comunidad de Regantes del Sector IX de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Úbeda (Jaén).

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que el día 7 de marzo de 2013 comparezcan en el Ayuntamiento de Úbeda, o en las dependencias que a tal efecto designe dicho Ayuntamiento, al objeto de levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en dos diarios de la provincia de Jaén.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, en dos diarios de la provincia de Jaén, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento arriba referenciado, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes del Sector IX de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir ostenta la condición de entidad beneficiaria.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del "Proyecto de Modernización de Regadíos de las Vegas del Guadalquivir. Vegas Altas. Sector IX. Provincia de Jaén. Fase I". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes Sector IX de la Zona Alta de las Vegas del Guadalquivir. Expediente: 10.21.334

FINCA

POL

PAR

TITULAR

EXPROP

(m²)

SERV. (m²)

O.T. (m²)

Arq./Postes

CULTIVO CATASTRAL

FECHA

HORA

T.M. de Úbeda

01001

38

3

MIGUEL LÓPEZ LARA

43.688

970

2.349

1/0

Olivar Secano

7-03-2013

12:00

01002

38

4

JOSÉ MEDINILLA JOBIL

566

-

-

0/0

Pastos

7-03-2013

12:30

01003

88

17

MARCOS MESA GÓMEZ

122

-

-

0/0

Olivar Regadío

7-03-2013

12:30

01004

88

22

ELENA OLMEDO AVILA Y HNOS. SERRANO OLMEDO

137

-

-

0/0

Olivar Regadío

7-03-2013

13:00

01005

88

4

ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.

36

369

1000

1/1

Olivar Regadío

7-03-2013

13:00

Madrid, 14 de enero de 2013.- El Subdirector General de Regadíos y Economía del Agua, Joaquín Rodríguez Chaparro. El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. P.D.: Orden AAA/838/2012 (BOE nº 98 de 24-04-2012) modificada por Orden AAA/1402/2012 (BOE nº 154 de 28-06-2012) La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

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