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Documento BOE-B-2013-35038

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 2013, páginas 47172 a 47172 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35038

TEXTO

Edicto

La Secretario Judicial doña José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 409/2013-B se ha declarado, mediante auto de fecha 22 de julio de 2013, el concurso voluntario de D. Hernán Arturo León Pereira con D.N.I. 48178803J y domicilio en Pl. del Poble, n.º 2, 1.º, 4.ª, de Montornés del Vallés (Barcelona), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado doña Clara Miguiez Asenjo por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Travessera de Gràcia, n.º 71, 5.º, 2.ª, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal cmigueiz@auditors-censors.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 22 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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