Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero uno de Murcia, anuncia:
1.- Declarar la conclusión del concurso de instado en su día por el procurador de lo tribunales Sra. Galindo Marín, en nombre y representación de Meta 540, S.L.
2.- Se aprueba la Rendición de Cuentas, presentada por la Administración Concursal.
3.- Archivar las actuaciones por pago/consignación de la totalidad de los créditos reconocidos/íntegra satisfacción de los acreedores por cualquier otro medio.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.-Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal, y asimismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a Registro Mercantil de Murcia, a los fines de que proceda a la anotación del cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
Conforme a lo previsto en el artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil de Murcia.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.
Murcia, 21 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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