Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-35439

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2013, páginas 47710 a 47710 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35439

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el Concurso Ordinario n.º 155/08, seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Cristina Penadés Pinilla en nombre y representación de Alcoilogis, S.L., con CIF. n.º B-54056924, domicilio en Beniarrés, Polígono Industril El Pinell de Beniarrés, Parcela R-2, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 5/09/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores número 155/08 de la mercantil Alcoilogis, S.L.

2. El deudor Alcoilogis, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Alcoilogis, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4.- Se acuerda la extinción de Alcoilogis, S.L., CIF. B-54056924, domicilio en Beniarrés, Polígono Industril El Pinell de Beniarrés, Parcela R-2, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19/04/2013.

6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

El/la Juez/Magistrado, el/la Secretario/a Judicial.

Alicante, 5 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid