Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Ana Eisman Curto, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 398/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Nutrients Capital, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso voluntario 398/2013, Sección C4.
NIG del procedimiento.-0801947120138002682.
Entidad concursada.-Nutrients Capital, S.L., con CIF n.° B65281750.
Tipo de concurso.-Voluntario.
Fecha del auto de declaración.-10 de julio de 2013.
Administradores concursales.-Don Juan María Vall Gil, con domicilio profesional en Barcelona, C. Tres Torres, 7, 08017, teléfono 932063900, fax 932063934 y correo electrónico: admconcursal.nutrientscapital@es.gt.com
Facultades del concursado.-Intervenidas.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones.
Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 31 de julio de 2013.- La Secretaria en sustitución.
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