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Documento BOE-B-2013-35525

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2013, páginas 47800 a 47801 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35525

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 104/2009 habiéndose dictado en fecha 5 septiembre de 2013 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Se decreta la conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 104/2009, promovido por el Procurador señor del Pino Martínez, Juan Manuel, en nombre y representación de la mercantil Fargalia Resource, S.L., con CIF B 74188582, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador Concursal don Gerardo Castellblanch Andrés, con DNI número 22693632 S, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Fargalia Resource, S.L., con CIF B 74188582, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en sus informes de don Gerardo Castellblanch Andrés.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador de los solicitantes del concurso del Pino Martínez, Juan Manuel, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE y en el BORME gratuitamente y, asimismo, en el tablón de anuncios del Juzgado.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísimo Señor don José María Cutillas Torns Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe."

Valencia, 5 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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