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Documento BOE-B-2013-35711

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2013, páginas 48055 a 48055 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35711

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Francisco Velasco García-Piata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.-Concurso voluntario 317/2013 6.

Tipo de concurso.-voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.-Gasulla Arquitectura y Asociados, SLP, en liquidación. CIF B-61919874.

Fecha del auto de declaración.-21 de junio de 2013.

Administradores concursales.-Deleytax Abogados Corporate, S.L.P, la cual designa al Sr D. Juan Ignacio Vergara Pérez con NIF: 08039781-Q, abogado, con domicilio profesional en calle Alcala, no 121, 2°, izq., 28009 Madrid, con dirección electrónica jv@deleytax.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursa! practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos crédiros o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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