El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 428/13, por auto de seis de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario a don Antonio Jordán Coder y doña María Luisa García Gallardo.
2º.- Los deudores don Antonio Jordán Coder y doña María Luisa García Gallardo conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
3º.- Se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del artículo 176 bis LC.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 9 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid