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Documento BOE-B-2013-36452

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2013, páginas 48984 a 48985 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-36452

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Gestión y Promoción Inmobiliaria Monforte, S.L. Unipersonal, y Vesta Desarrollos Inmobiliarios, S.L., con el número de registro 894/11 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 13/9/13 con el siguiente tenor literal:

Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación.

Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador/es de la empresa concursada. (art. 145 LC).

Se declara la disolución de las mercantiles concursadas Gestión y Promoción Inmobiliaria Monforte SL Unipersonal, con domicilio social en Valencia, Avda. Baleares, 4, entresuelo y CIF B-46826830 e inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 2981, libro 297 de la sección general, folio 43, hoja V-4304, y Vesta Desarrollos Inmobiliarios SL, con domicilio en Valencia, Avda. Baleares, número 4 y CIF número B-12686820, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 8445, libro 5735, folio 209, hoja V-113667, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Francisco María Poveda Velasco con DNI número 22.546.787-W, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este juzgado en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículo 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto Ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de la publicidad en el BORME en los términos legalmente previstos.

Expídase mandamiento al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución.

Fórmese la Sección Quinta del concurso.

Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 de la LECn).

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC se expide el presente.

Valencia, 13 de septiembre de 2013.- .

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