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Documento BOE-B-2013-36461

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2013, páginas 48994 a 48994 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-36461

TEXTO

Edicto

Doña María Eugenia Cacho Moreno, Secretaria Judicial del Juzgado de los Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 343/2013 y NIG número 47186 47 1 2013 0000379, se ha dictado en fecha 10 de julio de 2013, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Imresval, S.L., con CIF B47338405, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Castilla, número 7, 2° A, de Laguna de Duero (Valladolid).

Segundo.- Se ha acordado que la deudora conserve las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización.

Tercero.- Se ha designado, como administración concursal al abogado Javier Fresno de la Fuente, con domicilio postal en calle San Ignacio, número 9, 1 Valladolid, y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Cuarto.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

La comunicación de créditos deberá presentarse en las anteriores direcciones a elección de los acreedores.

En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del auto de la declaración del concurso realizada en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Sexto.- De conformidad con el artículo 23.1 Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publican las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es.

Valladolid, 2 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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