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Documento BOE-B-2013-36508

Anuncio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre notificación de Pliego de Cargos en relación al expediente disciplinario 2013/0041, a doña María del Carmen García Moreno.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2013, páginas 49056 a 49056 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2013-36508

TEXTO

Intentada repetida e infructuosamente la notificación del Pliego de Cargos del expediente disciplinario n.º 2013/0041 a la funcionaria del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, destinada en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante doña María del Carmen García Moreno, en aplicación del art. 59.5 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y a los efectos previstos en el art. 34 y siguientes del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, R.D. 33/1986, se hace saber a la misma el siguiente:

«PLIEGO DE CARGOS que se formula a doña María del Carmen García Moreno, en virtud de Expediente Disciplinario 2013/0041, incoado por Orden del Secretario General de Instituciones Penitenciarias de fecha 31-07-13 significándole que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 36 del vigente Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, dispone de un plazo de diez días para contestarlo, con las alegaciones que considere conveniente a su defensa y con la aportación de cuantos documentos considere de interés, pudiendo solicitar, si así lo estima oportuno, la práctica de pruebas que para dicha defensa considere necesarias.

CARGO ÚNICO: Durante el turno de noche del 24 al 25 de julio de 2013 desempeñando labores de vigilancia en el Pabellón-2 del Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante, según comprobó el Jefe de Servicios en una inspección a ese departamento, había dejado vd abierta la puerta de acceso al módulo, se encontraba descalza y sin uniformar y en la oficina en que estaba había una colcha (del centro) y una almohada sobre tres sillones juntos.

Dicho cargo se deduce de las actuaciones practicadas hasta la fecha.

A efectos de calificación, el citado cargo podría ser constitutivo de una falta grave según lo recogido en el art. 7 i), del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, Real Decreto 33/86, de 10 de enero: "La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave" vigente en virtud de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), por lo que podría ser de aplicación alguna de las sanciones previstas el art. 96.1 del EBEP y en los artículos 14 al 17 del referido Reglamento, en concordancia con el artículo 96 de la Ley 7/2007 del EBEP. El Instructor.»

Madrid, 26 de septiembre de 2013.- El Instructor, Emilio Talavera García.

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