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Documento BOE-B-2013-36580

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2013, páginas 49136 a 49136 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-36580

TEXTO

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 63/2013, seguido a instancias del Procurador Don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de la mercantil Costa Aérea, S.L., se ha dictado Auto el día 24 de julio de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil Costa Aérea, S.L., con CIF nº B35722222, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

No habiendo aceptado el cargo el Administrador concursal designado en el auto de declaración de concurso, por auto de fecha 18 de septiembre de 2013 se designa como Administrador del concurso a Don Oliver Trujillo Paz, economista, el cual ha designado como domicilio postal el de la Calle Luis Doreste Silva, nº 18 B, 3º izquierda, CP 35004 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928370778, fax 928380678, así como Dirección electrónica otrujillo@crvconsultores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas, 24 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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