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Documento BOE-B-2013-3698

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2013, páginas 4954 a 4954 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-3698

TEXTO

Edicto.

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la sección I declaración concurso 563/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 18 de enero de 2013 auto acordando lo siguiente:

Primero. Declarar el concurso voluntario del deudor don José Dopazo Mesego, con documento nacional de identidad 52470136-Y, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Puerta del Sol, número 4, bajo, 36202, de Vigo (Pontevedra).

Segundo. La intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.

Tercero. El Administrador concursal designado es el abogado don Roberto Lois Calvo Fernández, con documento nacional de identidad 36098139-F, con domicilio profesional sito en la plaza Suárez Llanos, número 3, código postal 36208, de Vigo; y con teléfono número 986246393, fax número 986661128 y correo electrónico roberto@calvoiglesias.com.

Cuarto. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto. Que los acreedores e interesados qué deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 18 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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