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Documento BOE-B-2013-37078

CAJA RURAL DEL SUR, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO
(ENTIDAD ABSORBENTE)
CAJA RURAL DE CÓRDOBA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO
(ENTIDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2013, páginas 49851 a 49851 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2013-37078

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64.2 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, se hace público para general conocimiento, lo siguiente:

La Asamblea General de socios de "Caja Rural del Sur, Sociedad Cooperativa de Crédito" y la Asamblea General de "Caja Rural de Córdoba, Sociedad Cooperativa de Crédito", debidamente convocadas en tiempo y forma, han aprobado, por unanimidad, conforme a la normativa y mayorías legalmente exigidas en sus respectivas reuniones del 30 de septiembre de 2013, la fusión por absorción entre "Caja Rural del Sur, Sociedad Cooperativa de Crédito", y "Caja Rural de Córdoba, Sociedad Cooperativa de Crédito", siendo "Caja Rural del Sur, Sociedad Cooperativa de Crédito", la entidad absorbente y "Caja Rural de Córdoba, Sociedad Cooperativa de Crédito", la entidad absorbida, sucediendo la absorbente a la absorbida a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones de ésta, en función de los respetivos Balances de fusión, utilizando las entidades participantes en la fusión a tales efectos los correspondientes al 30 de junio de 2013, encontrándose la totalidad de dichos Balances debidamente auditados.

El mencionado acuerdo de fusión ha sido adoptado de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en los Registros Mercantiles de Sevilla y Córdoba, correspondientes a los domicilios sociales de la Cooperativa absorbente y de la absorbida, respectivamente. Dicho acuerdo de fusión queda condicionado suspensivamente: a) A que los correspondientes órganos (Consejo Rector y Asamblea General) de la otra entidad participante en la Fusión aprueben, en los mismos términos, el correspondiente Acuerdo de fusión y b) A que se obtengan de los correspondientes organismos reguladores y supervisores las oportunas autorizaciones para llevar a cabo la Fusión.

Como consecuencia de esta fusión, los socios de la Cooperativa absorbida pasarán a ser socios de la absorbente, en los términos contemplados en el correspondiente Proyecto de Fusión y en la propuesta de modificación de Estatutos, también aprobada por dichas Asambleas. Los efectos contables de la operación tendrán lugar a partir del día 1 de enero de 2013.

Se hace constar expresamente (a) el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, (b) el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 66 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, (c) el derecho de los socios de las Cooperativas que se fusionan y que no hayan votado a favor a separarse de su Cooperativa en los términos y condiciones previstos en el artículo 65 de la Ley 27/1999, de 16 de julio de Cooperativas.

Sevilla, 3 de octubre de 2013.- El Presidente del Consejo Rector de "Caja Rural del Sur, Sociedad Cooperativa de Crédito", José Luis García Palacios.

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