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Documento BOE-B-2013-37124

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2013, páginas 49897 a 49897 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37124

TEXTO

Don José Luis Gutierrez Martín, Secretario Judicial en sustitución de Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º Sección V, convenio 193/2012-D se ha dictado en fecha 28/6/13 sentencia aprobando el convenio, habiéndose publicado en el BOE de 11/7/13 y observándose errores en las fechas se publica nuevamente.

Dicha resolución, en su parte dispositiva dice lo siguiente:

"1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la representación procesal de la concursada, Hisemar, SL, en su redacción presentada el 14 de marzo de 2013 y obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la L.C.; entre ellos el cese de los administradores concursales en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal.

2. Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

3. Publíquese la sentencia en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal si estuviere operativo y en el tablón de anuncios de este tribunal.

4. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

5. No ha lugar a la formación de la Sección 6.ª, de calificación del concurso.

6. Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de impugnación: Recurso de apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución en virtud de lo establecido en el artículo 197 de la L.C., previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El Magistrado-Juez".

Y para que sirva de conocimiento general expido la presente,

Pontevedra, 1 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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