Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-37249

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal por la que se somete a información publica la relación de bienes y derechos afectados y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización del "Proyecto de Mejora y Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Valladolid y Zamora). Obras Generales y Sector III. Fase I-A". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Zamora y Valladolid). Expediente: 10.21.308.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2013, páginas 50067 a 50069 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-37249

TEXTO

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 111, declara de interés general determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego y otras infraestructuras, figurando en su apartado 1.A) Obras de modernización y consolidación de regadíos de diversas comunidades de regantes, figurando entre otras "Consolidación y mejora del regadío de la Comunidad de Regantes Canal Toro-Zamora (Zamora)". Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, de 30 de agosto de 2011, se aprueba el "Proyecto de Mejora y Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Zamora y Valladolid).Obras Generales y Sector III. Fase I-A".

El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 18 de mayo de 2012.

Para realizar las expropiaciones necesarias para la ejecución de esta fase del Proyecto, procede someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.

Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora, Calle Puerta del Mercado, n.º 27, Bajo, 49800 Toro (Zamora), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zamora", y en las oficinas de la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Coreses (Zamora).

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que el día 30 de octubre de 2013 comparezcan en el Ayuntamiento de Coreses, o en las dependencias que a tal efecto designe dicho Ayuntamiento, al objeto de levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso.

Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zamora" y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Zamora.

La publicación en el "Boletín Oficial del Estado", a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zamora", en dos diarios de la provincia de Zamora, en formato resumen, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento referenciado anteriormente, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora ostenta la condición de entidad beneficiaria.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del "Proyecto de Mejora y Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Valladolid y Zamora). Obras Generales y Sector III. Fase I-A". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Zamora y Valladolid). Expediente: 10.21.308

FINCA

POL

PAR

TITULAR

EXP (m²)

SERV (m²)

O. TEMP (m²)

CULTIVO CATASTRAL

FECHA

HORA

T.M. de Coreses

01-001

1

743

Vivas Fernández, Eloy, Lorenzo y Alfonso

10

4.842

12.008

L. Regadío

30/10/2013

10:30

01-002

1

922

Ramos Olivares, Alfonso

5

1.749

2.832

L. Regadío

30/10/2013

10:30

01-003

1

923

Ramos Olivares, Ramona

-

403

1.104

L. Regadío

30/10/2013

11:00

01-004

1

1535

Correa Vecino, Nicolás

-

1.359

1.359

L. Regadío

30/10/2013

11:00

Madrid, 18 de septiembre de 2013.- El Subdirector General de Regadíos y Economía del agua, Joaquín Rodríguez Chaparro.- El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D.: Orden AAA/838/2012, de 20 de abril ("BOE" n.º 98, de 24-04-2012) modificada por Orden AAA/1402/2012, de 19 junio, y Orden AAA/443/2013, de 13 de marzo.- La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid