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Documento BOE-B-2013-37284

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2013, páginas 50115 a 50115 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37284

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12ª planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 564/2013 5ª

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Entidad Instante del Concurso y NIF.- Sardenya Centre, S.L., B65071896.

Fecha del Auto de Declaración.- 9 de septiembre del 2013.

Administradores Concursales.- Gs Insolvency Management con CIF: B61505384, la cual ha designado como persona física que lo represente a don Luis Jiménez-Asenjo Sotomayor, con DNI 36522169D, Abogado, domiciliados en calle Balmes, 209, 2.º 1.ª Barcelona, con correo electrónico concursal@gimenez-salinas.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 16 de septiembre de 2013.- El secretario Judicial.

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