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Documento BOE-B-2013-37514

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2013, páginas 50421 a 50421 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37514

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 518/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Petra Inventum, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso Voluntario 518/2013 sección C2

NIG del Procedimiento.- 4004/13

Entidad Concursada.- Petra Inventum, S.L., con CIF n.º B64994049.

Tipo de Concurso.- voluntario

Fecha del Auto de Declaración.- 2.09.2013

Administrador/es Concursal/es.- Elisenda Vila i Saborit, con domicilio social en C. Balmes, 260, 4.º, 1.ª, 08006 Barcelona, tel. núm. 932187152, fax núm. 932371018 y correo electrónico: elisendavila.advocats@gmail.com.

Facultades del Concursado.- intervenido.

Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 23 de septiembre de 2013.- La Secretraria Judicial.

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