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Documento BOE-B-2013-37541

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2013, páginas 50448 a 50448 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37541

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 16/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Representaciones y Distribuciones Saniluna, S.L., con CIF n.º B35800341, se ha se ha dictado Auto en fecha esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Habiéndose acordado la apertura de la fase liquidación en el Auto de Declaración de Concurso de fecha 23/04/2012, se acuerda lo siguiente:

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber que el Administrador concursal ha presentado el Informe al del plan de liquidación presentado por la concursada, además de informes sobre la liquidación correspondientes a los periodos junio 2012 a noviembre 2012 y de diciembre 2012 a abril 2013, junto con el informe previsto en el art. 75 de la L. Concursal; por lo que de conformidad con el artículo 148.1 de la Ley Concursal, póngase de manifiesto el mismo en la secretaría del Juzgado, haciéndose saber que en el plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente, el deudor y los acreedores concursales podrán formular observaciones o propuestas de modificación. Una vez transcurrido dicho plazo se acordará lo procedente.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 26 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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