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Documento BOE-B-2013-381

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2013, páginas 471 a 471 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-381

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 72/2012, seguido a instancias de la Procuradora doña Petra del Carmen Ramos Pérez, en nombre y representación de Ventas Nesocan, S.L., se ha dictado Auto el día 12 de diciembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso y la apertura de la Fase de Liquidación de Ventas Nesocan, S.L., con CIF B-35914845, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a doña Ana Berta de la Guardia Salom, como titulada mercantil[c12], el cual ha designado como domicilio Calle Graciliano Afonso, núm. 13-1- A, Las Palmas, Tfno. 928233014 y Fax 928246258, así como Dirección electrónica administracionconcursal@sycaudit.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de diciembre de 2012.- Secretaria Judicial.

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