El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 30/09/13 se ha declarado:
La Conclusión del Concurso Voluntario de la mercantil Cricket Hostelería, S.L., seguido bajo el número de autos 183/13, por inexistencia de Bienes y derechos con los que integrar la masa activa del Concurso,
El cese del régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
Madrid, 30 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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