Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
D/ÑA. Natalia Ramos Laín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 351/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad M.M. FEDIAMSA, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 351/2013 Sección C4
NIG del procedimiento.- 0801947120138002343
Entidad concursada.- M.M. FEDIAMSA, S.L., con CIF n.º B62119854.
Tipo de concurso.- Voluntario
Fecha del Auto de Declaración.- 10/07/2013.
Administrador/es Concursal/es.- D/doña Lourdes Belando Salmerón, DNI n.º 47622497P, con domicilio en Terrassa (Barcelona), Cra. de Rubí, 135, Bl. I, 3.º, 3.ª, 08223 Terrassa (Barcelona), con correo electronico concursofediamsa @hotmail.com.
Facultades del concursado.- Intervenidas
Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 10 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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