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Documento BOE-B-2013-38612

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 2013, páginas 51876 a 51876 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38612

TEXTO

Edicto

D./Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000222/2013, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Fernando Díaz Zomeño, en nombre y representación de D./Dña. Cemitera, S.L.U., se ha dictado Auto el día 30 de Septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. Cemitera, S.L.U. con CIF, nº B35943521, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Óscar Juan Macías González, como abogado, el cual ha designado, teniendo como domicilio postal el de c/ Doctor Verneau n.º 4 - Bajo y código postal 35001 de Las Palmas de Gran Canaria teléfono 928 31.09.93 y FAX 928 33.01.60, así como Dirección electrónica cemitera@abogadosmacias.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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