Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-38741

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2013, páginas 52037 a 52038 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38741

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000150/2012-K sobre declaración de concurso de la mercantil Manuel Sánchez Soria y Margarita Pellicer Espi, con DNI número 25.120.862-D y 21.642.829-J, se ha dictado Auto de fecha 02-09-13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"...Aprobar el plan de liquidación con las siguientes modificaciones:

En el plazo de dos meses, sobre todos los bienes podrá presentarse oferta de venta directa. Cualquier oferta se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se notificará a las partes, otorgando un plazo de diez días por si alguien mejorase la oferta; si nadie la mejorare se venderá sin necesidad de autorización judicial; si se presentasen una o más ofertas se celebrará la licitación entre las ofertas presentadas y entre todos aquellos que las presentasen hasta el día anterior; en caso de incomparecencia a la subastilla se entenderá que se desiste de la oferta presentada.

Sin perjuicio de lo anterior, si en el citado plazo de diez días el acreedor privilegiado lo solicitase habrá de celebrarse subasta publica,aunque haya una o mas ofertas, y la misma tendrá lugar al mes siguiente.

Si no hubiese ninguna oferta en el plazo de dos meses se celebrará subasta pública según establece la LEC distinguiendo al efecto que exista o no acreedor hipotecario para seguir los cauces de una u otra subasta.

La administración concursal, cada tres meses desde la apertura de la fase de liquidación, deberá presentar informe sobre el estado de las operaciones (art.152 L.C.)

Le alcanzarán a la administración concursal las responsabilidades expresadas en los arts. 151, 152 y 153 L.C.

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art.167 L.C.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de los interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC

Modo de impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (art. 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días."

Y para que sirva de publicación en el B.O.E, expido el presente.

Alicante, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid