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Documento BOE-B-2013-38761

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2013, páginas 52058 a 52058 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38761

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).

Anuncia

Primero.- Que en el procedimiento número CNA 701/2013-M, por auto de fecha 23 de septiembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario a los deudores Carpintería Parque Tecnológico, S.L.U. y Parque Tecnológico Maderas, S.L., con NIF B48853212 y B09502410 respectivamente, con domicilio en calle La Cuesta, número 24, bajo derecha, derecha 1, Balmaseda (Bizkaia), y Polígono de Santecilla, parcela 5, Pabellón número 1, Villasana de Mena (Burgos), respectivamente, siendo el centro de principales intereses de ambas sociedades Balmaseda (Bizkaia).

Segundo.- La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los Administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Tercero.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

Cuarto.- Que la Administración Concursal ha recaído en don Jon Andoni Uría García, abogado, con DNI 22.735.718-B, Despacho profesional en calle Juan Sebastián Elcano, número 18, 1° Int. derecha, 48901 Barakaldo (Bizkaia), y dirección de correo electrónico: jonan@uriaabogados.com.

Quinto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Bilbao, 30 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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