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Documento BOE-B-2013-3879

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 2013, páginas 5209 a 5209 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-3879

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, anuncio:

Que en el concurso abreviado número 636/09, seguido en este Órgano Judicial, a instancia del Procurador señor Dabrowski Pernas en nombre de "Canteras y Extracciones Zafra, S.L." contra la mercantil "Canteras Sierra Fortuna", con C.I.F B-73440927, y domicilio en Novelda Calle Fray Luis de León, número 8, bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 2974 folio 102 hoja A-94606, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 14 de enero de 2013,que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de "Canteras Sierra Fortuna, S.L.", con domicilio en calle Fray Luis de León, n.° 8, bajo, Novelda (Alicante ) y CIF número B-73440927, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia,el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3. Se acuerda la extinción de Canteras Sierra Fortuna, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Señor Registrador Mercantil de la Provincia.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 17 de julio de 2012.

5. Procédase a la entrega a los acreedores identificados por la administración concursal de las sumas consignadas a su favor, librándose los despachos necesarios para ello y, en caso de no resultar positivos, dése a esa consignación el destino legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado" de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal.

Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el llustrísimo señor don Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado - Juez Firma del Secretario

Y para que conste, lo expido en

Alicante, 14 de enero de 2013.- La Secretaria.

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