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Documento BOE-B-2013-3901

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 2013, páginas 5231 a 5232 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-3901

TEXTO

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, hago saber:

Que en el concurso voluntario abreviado n.º 415/2011 se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil número 1 de Girona.

Avinguda Ramón Folch, 4-6, Girona.

Procedimiento concurso: 415/2011.

Parte demandante: Floret, S.L.

Procurador: Doña Esther Sirvent Carbonell.

Parte dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Floret, S.L., formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución de la entidad concursada Floret, S.L., y el cese de los Administradores o Liquidadores de la misma, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez. El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 17 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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