El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de junio de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo de delegar en el Presidente a propuesta del Director, la aplicación de las bonificaciones previstas en el art. 245.2. b) y c) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, a las concesiones y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, con efectos desde la fecha de acreditación por el titular de la concesión o autorización del cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho artículo, y previa verificación de los mismos.
Palma de Mallorca, 1 de octubre de 2013.- El Presidente, José M.ª Urrutia Mera. El Secretario, Jaume Ferrando Barceló.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid