Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-39496

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2013, páginas 53020 a 53021 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39496

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil 3 de Madrid

Procedimiento ordinario 2/09.

Edicto

En el presente procedimiento seguido a instancia de SGAE frente a Weekend Records, S.L., se ha dictado sentencia y auto de rectificación, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 160/2013.

En Madrid a 2 de julio de 2013.

Vistos por mí, Carmen González Suárez, Magistrada titular de este Juzgado, en juicio oral y público los autos registrados entre los de su igual clase con el número arriba referenciado, identificado el proceso por los siguientes elementos:

- Tipo de procedimiento: Juicio ordinario.

- Parte actora: SGAE, procurador don Alfonso Blanco Fernández; abogado don José Ramón Mayo Álvarez.

- Parte demandada: Weend Records, S.L., en rebeldía.

- Pretensión deducida: declarativa de condena, generada en materia de Derecho de propiedad intelectual.

- Cuantía de la acción: 43.299,81 euros.

Fallo: Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la SGAE contra Weekend Records, S.L., y en consecuencia, condeno a la demandada al pago de 43.299,81 € a favor de la parte actora, más los intereses legales, así como las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, pues cabe contra ella recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de 20 días contados desde el siguiente a su efectiva notificación.

Así por esta mi sentencia, que dicto, mando y firmo en el día de su fecha, de la cual se dejará testimonio en los autos de su razón, llevándose su original al libro correspondiente, y ejecutoriándose, en su caso, en nombre SM el Rey.

Auto

Magistrado-Juez Sra.: Doña Carmen González Suárez.

En Madrid, a uno de octubre de dos mil trece.

Parte dispositiva

Se rectifica el encabezado de la sentencia de fecha 2 de julio de 2013, en el sentido de que donde se dice "- Parte demandada: Weend Records, S.L. en rebeldía", debe decir "Parte demandada: Weekend Records, S.L."

Y encontrándose dicho demandado, Weekend Records, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, 3 de octubre de 2013.- El Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid