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Documento BOE-B-2013-39678

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2013, páginas 53270 a 53270 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39678

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal número 425/2010 referente al deudor "Cristalería Calfam, S.L.", se ha dictado Auto de fecha 2/9/13 aprobando el plan de liquidación presentado, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la administración concursal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este mismo Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, en la forma prevista en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Córdoba para anotación preventiva de lo resuelto, conforme al artículo 320.1 c) del Reglamento del Registro Mercantil; y una vez firme este auto, para su inscripción.

Publíquese la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Fórmese la Sección Sexta, de calificación, del concurso, que se encabezará con testimonio de esta sentencia y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del juez, y del auto de declaración del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Fernando Caballero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, Doy fe.

Córdoba, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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