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Documento BOE-B-2013-39684

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2013, páginas 53276 a 53276 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39684

TEXTO

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 568/2013.

Fecha del auto de declaración: 17.09.2013.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: Bestap Selva 4, S.L.

CIF de la concursada: B17707423.

Domicilio de la concursada: Cassà de la Selva.

Administrador concursal: Bufet Miralbell Guerin, S.L.P.

- Dirección postal: Passatge Josep Canalejas, 1, entresòl 17001-Girona.

- Dirección electrónica: acbestap@bufetmiralbell.com

Régimen de las facultades del concursado: A la concursada mercantil le son intervenidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y cesados sus Administradores quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración de concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avda. Ramón Folch, núm. 4-6 de 17001-Girona).

Asimismo, se hace saber que en el auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus Administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 27 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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