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Documento BOE-B-2013-39700

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2013, páginas 53292 a 53293 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39700

TEXTO

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000271/2013, seguido a instancias del Procurador don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de Peranzola, S.L., se ha dictado Auto el día 25 de septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Peranzola, S.L., con cif, n.º B-35769843, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Paulino Montesdeoca de La Guardia, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle San Bernardo, 1, 2.ª planta-izquierdo, Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35002, teléfono 928432709, 928432776 y Fax 928383098, así como Dirección electrónica paulinomontesdeoca@legistas.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; suspensión.

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación. Fórmese la sección quinta del concurso, que se encabezará con testimonio de este Auto y dese traslado del plan de liquidación presentado por el deudor con la solicitud de concurso a la administración concursal para que en plazo de diez días presente informe y a los acreedores para que puedan realizar alegaciones.

Se declara la disolución de la sociedad concursada y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.

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