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Documento BOE-B-2013-39831

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2013, páginas 53489 a 53489 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39831

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario 000715/2008-D sobre declaración de concurso de la mercantil Enconados y Torcidos, S.A. (Encotor, S.A.), con domicilio en Cocentaina, calle Industria número 1 y CIF número A03484193, se ha dictado auto de fecha 20 de septiembre de 2013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Uno. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Dos. Se rehabilita en el cargo a la administración concursal en las personas de Francisco Manuel Paya Albors, Vicente Andreu Fajardo y Jaime Salvador garcía.

Tres. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.

Cuatro. Se declara la disolución de la mercantil concursada Enconados y Torcidos, S.A. (Encotor, S.A.), así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por l administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que se sea parte.

Cinco. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Seis. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo 15 días el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Publico concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente en

Alicante, 20 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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