Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-39839

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2013, páginas 53498 a 53498 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39839

TEXTO

Edicto.

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 636/2013-A se ha declarado, mediante auto de fecha 1/10/2013, el concurso voluntario de Central 238, S.L., con N.I.F. B-61.052.601 y domicilio en calle Ferro, número 5, de Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Praxis Concursal, S.L.P., habiendo aceptado el cargo en su nombre don Jorge Sainz de Baranda Brünbeck por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Johan Sebastián Bach 10, 1.º, 3.ª 08021 de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concurso central238@praxisconcursal.es en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 8 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid