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Documento BOE-B-2013-40088

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2013, páginas 53826 a 53826 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40088

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª Planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 471/2013 6.

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF: Papenor Alfil, S.L. B62509658.

Fecha del auto de declaración: 30 de septiembre de 2013.

Administradores Concursales: Compas Concursal, Sociedad Limitada Profesional designa a don José Luis Jori Tolosa, con NIF: 46313806V, Abogado con domicilio profesional en calle Avda. Diagonal, 442 Bis Principal, 08037 Barcelona, con número de teléfono 93.301.30.33, como Abogado, con correo electrónico info@compasconcursal.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de intervención las facultades de la concursada llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativas al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas notificaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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