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Documento BOE-B-2013-40342

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2013, páginas 54234 a 54234 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40342

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 823/2013, NIG número 48.04.2-13/023154, por auto de 14/10/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Anboto Ostalaritza Hostelería Anboto, S.L., con NIF B95356952, con domicilio en calle Iparraguirre Batzoki, n.º 2, 48910 Sestao, y cuyo centro de principales intereses lo tienen en la misma localidad.

La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que la administración concursal está integrada D. Antonio Norberto Martínez Manso, Abogado, con despacho profesional a efecto de notificaciones en 48009 Bilbao, calle Ibáñez de Bilbao, n.º 13, 1.º dcha.; tfno.944-238-000, fax 944-243-233 y dirección de correo electrónico amartinezmanso@telefonica.net.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao (Bizkaia), 14 de octubre de 2013.- La Secretario judicial.

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