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Documento BOE-B-2013-40370

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2013, páginas 54267 a 54267 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40370

TEXTO

Don Luir Márquez de Prado Moragues, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 797/2013 y NIG n.º 07040 470102013/0001199, se ha dictado en fecha 15 de octubre de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor Inversiones Madrileñas 2001 A, S.L., con CIF B- 81979627, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Joan Bauza, número 51, A, Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que el abogado nombrado administrador concursal, D. Javier Blas Guasp, en fecha de 21 de octubre de 2013, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Olmos, n.º 50, escalera A 1.º, 07003 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico info@illeslex.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 21 de octubre de 2013.- El Secretario judicial.

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