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Documento BOE-B-2013-40542

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2013, páginas 54494 a 54494 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40542

TEXTO

Doña Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 270/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña. Maria Soledad Granda Calderín, en nombre y representación de la mercantil CONSTRUCTORA PALMACAN-A, S.L., se ha dictado auto el día 30 de septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil CONSTRUCTORA PALMACAN-A, S.L., con CIF n.º: B-35379049, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a don Antonio Joaquín Almendros Ruiz, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Reyes Católicos, n.º 11, 1.º, oficina exterior, teléfono 971 72 33 11, Fax 971 72 37 95, así como Dirección electrónica a.almendros@roderickabogados.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 L.C.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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