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Documento BOE-B-2013-40558

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2013, páginas 54510 a 54511 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40558

TEXTO

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000265/2011, y NIG n.º 33044 47 1 2011 0000365, se ha dictado en fecha 7 de octubre de 2013, sentencia aprobando convenio de la concursada María Gloria García Fernández, con D.N.I. n.º 11059839-J, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1.º Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta convenio presentada por la concursada María Gloria García Fernández, con las modificaciones operadas en su contenido en el acto de la Junta de acreedores.

2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3.º Se acuerda el cese de la Administracion concursal en su funciones de intervención de las facultades de administracion y disposición de la persona física concursada.

4.º Se concede a la Administracion concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5.º Procédase a la formación de la sección sexta, que se abrirá con testimonio de la presente.

6.º Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad anual, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administracion concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edicto que se insertara de forma gratuita en el "Boletín Oficial del Estado", entregando este ultimo a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, ofíciese al Registro Civil que corresponda para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administracion y disposición, así como del cese de los Administradores concursales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación. Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un deposito de 50 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este Juzgado, si el ingreso se efectuase en "ventanilla": 2274 0000 02 0265 11. Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el numero de cuenta será: 0030 1846 42 000 500 1274, y en "concepto" además de lo expuesto en el párrafo que antecede se añadirá, "Juzgado Mercantil (2274 0000 02 0265 11.)".

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo.

Oviedo, 8 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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