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Documento BOE-B-2013-40686

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2013, páginas 54686 a 54686 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40686

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.- Que en los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000351/2013 se ha dictado en fecha 17 de octubre de 2013, Auto de Declaración de concurso Voluntario Abreviado, del deudor Accesorios Frigoríficos Jec, S.L., con CIF B06556591, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Almendralejo (Badajoz) Complejo Rayvaz, nave 16-17.

2.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al Abogado Sr. D. José Javier Torres Pereda, con domicilio postal en plaza Príncipe de la Paz, n.º 1, 1 B, de Badajoz, y dirección electrónica señalada af.concursoacreedores@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

Badajoz, 17 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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