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Documento BOE-B-2013-40953

Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Cuenca, por la que se convoca subasta pública de varias fincas para el día 16 de diciembre de 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2013, páginas 55008 a 55009 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2013-40953

TEXTO

Por Orden ministerial y de conformidad con lo dispuesto en art. 138 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y en los artículos 103 y siguientes del Real Decreto 1373/2009, de 29 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 33/2003, se ha acordado la enajenación en pública subasta de las fincas que se describen a continuación, todas ellas inscritas en el Registro de la Propiedad correspondiente y libres de cargas.

Fincas rústicas:

Término Municipal

Pol.

Parcela

Superficie/

hectáreas

Paraje

Valoración/€

Belmonte

11

198

6,2900

Las Bordallas

20.100

Belmonte

15

37

3,0250

Cerro Puto

10.200

Cardenete

501

250

1,0400

El Sargal

1.100

Cardenete

510

77

2,3920

Cañada Larga

2.400

Cardenete

511

108

8,3680

Hoya de Gonzalo

16.050

Alarcón

614

39

1,2300

Pineda Guillermo

3.100

Motilla del Palancar

514

182

5,6865

Pineda Matagatos

26.800

La Melgosa (Cuenca)

507

5079

0,3120

Tinada Los Garros

715

Torrejoncillo del Rey

506

66

0,1232

El Batán

800

Valdemeca

501

17

0,0448

La Canaleja

300

Valdemeca

503

20

0,2965

Huertos Fuentes

1.250

Villarejo de Fuentes

502

66

1,2970

La Cencerra

7.800

Fincas urbanas:

-El Arrabal de Moya (Moya), C/Carretera, n.º 12, solar de 96 m². Referencia catastral 9835007XK3293N0001JF. Valoración: 3.000 euros

-Tarancón, Avda. Miguel de Cervantes, n.º 57, c/v a Calle Pablo Iglesias, solar de 271 m². Referencia catastral 8991607VK9289B0001ER. Valoración: 241.023 euros

En su virtud, el próximo día 16 de diciembre de 2013, a las 9.30 horas, en esta Delegación de Economía y Hacienda y ante la Mesa presidida por la Delegada en esta provincia, se celebrará la 1.ª subasta pública de las mismas.

El tipo de venta para la 1.ª subasta será el 100% de la valoración, siendo el procedimiento adoptado en todas las subastas convocadas el de pujas a la llana, en viva voz y en alza.

Si la primera subasta quedara desierta, la segunda, tercera y cuarta se celebrarán el mismo día 16 de diciembre de 2013 a las 10.30, 11.30 y 12.30 horas, respectivamente, en el mismo lugar que la primera, y el tipo de tasación de los bienes se reducirá un 15% del anterior en cada una de ellas.

Se utiliza la subasta, tal y como establece el art. 137 de la Ley 33/2003, como forma de enajenación, pues los bienes a enajenar son inadecuados para atender las directrices derivadas de las políticas públicas a que se refiere el apartado 2 del art. 8 de dicha Ley.

Para tomar parte en las subastas es requisito indispensable consignar ante la Mesa o exhibir a la misma resguardo del depósito constituido en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales por la cantidad del 5% de la cantidad que sirva de tipo para la venta (artículo 137.6 de la ley 33/2003, en la redacción dada por la modificación establecida en la ley 8/2013 de 26 de junio de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas).

El hecho de haber realizado el depósito para adquirir un bien en la subasta supone de antemano optar dicho bien y aceptar el tipo de licitación del mismo, como mínimo, con independencia del número de participantes, inclusive aunque se sea el único.

Si el adjudicatario no satisface el precio dentro del mes siguiente a la notificación de la adjudicación, la Mesa, además de decretar la pérdida de la fianza, podrá adjudicar los bienes a la oferta segunda en cuantía, a cuyo posible efecto se habrá retenido la fianza correspondiente a dicha postura, la cual garantizará el pago del precio por el segundo oferente.

No se admitirán posturas en calidad de ceder a terceras personas, es decir, el adjudicatario del bien no podrá hacer cesiones a terceros sin cumplir con los correspondientes trámites de escrituración a su nombre.

La totalidad de los gastos originados con motivo de las enajenaciones serán de cuenta del adjudicatario. Las enajenaciones de inmuebles rústicos cuyo precio de venta sea inferior a 150.000 euros se formalizarán en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad (artículo 113 de la Ley 33/2003, modificado por la disposición final undécima de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013).

Los inmuebles se venderán como cuerpo cierto y en su estado actual de conservación, por lo que una vez adjudicados los bienes no se admitirán reclamaciones sobre su estado o errores en la descripción de los mismos.

Cuenca, 23 de octubre de 2013.- La Delegada de Economía y Hacienda. Fdo.: M.ª del Pilar García Sánchez-Brunete.

ANÁLISIS

Modalidad:
Otros
Tipo:
Servicios
Ámbito geográfico:
Castilla-La Mancha
Materias (CPV):
70000000 Servicios inmobiliarios
Observaciones:
Varios lotes.
Subasta.

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