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Documento BOE-B-2013-4138

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2013, páginas 5536 a 5536 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4138

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

D.ª Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil N.º 2 de Las Palmas,

Por el presente se hace saber que: En el procedimiento concursal número 22/2009, seguido en virtud de la declaración de concurso de CREACIONES AUDIOVISUALES CANARIAS, S.L., con C.I.F. n.º B-35568633, y TODO ALUMINIO CANARIAS, S.L., con C.I.F. B-35730787, en la Sección Quinta y en el mismo día de la fecha se ha dictado resolución por la que se aprueba sustancialmente el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, con las adiciones contenidas en el fundamento jurídico único de la presente resolución y que es el siguiente:

Interesado por la mercantil Banco de Santander el dictado de decreto de adjudicación de las fincas hipotecadas ante la jurisdicción civil, de conformidad a lo previsto en artículo 57.3 LC continuarán dichos procedimientos de ejecución hipotecaria su tramitación en el procedimiento de liquidación como pieza separada, ordenando el alzamiento de la suspensión acordada respecto de los mismos, en el estado en el que se encontraban, en los respectivos juzgados. Ello es así porque el derecho de ejecución separada asiste desde el momento en que concurren los presupuestos procesales de presentación de demanda antes de la declaración de concurso, trascurso de un año y manifestación expresa de la mercantil de seguir interesada en la ejecución separada del bien, una vez que se apertura la liquidación y se presenta el plan de liquidación, debiendo por ello, en caso de concurrir lo anteriormente expuesto, requerirse los autos a los respectivos juzgados de primera instancia para su continuación en el estado en el que fueron suspendidos, por ello, si alguno de dichos procedimientos sólo quedaron pendientes de dictar el decreto de adjudicación será este juzgado el que procederá a dar curso a las actuaciones correspondientes.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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