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Documento BOE-B-2013-41773

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2013, páginas 56102 a 56102 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-41773

TEXTO

D. Luis Márquez de Prado Moragues, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 717/13 y NIG 07040 47 1 2013 0001068, se ha dictado, en fecha 15 de octubre de 2013, auto de declaración de concurso voluntario ordinario al deudor entidad Valfar, S.A., con CIF A07152374, con domicilio Calle Tren, número 72-74, de Inca.

2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Que ha sido nombrado como administrador concursal el Abogado Bartolomé Caffaro Bosch, quien en fecha 28 de octubre de 2013, ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Sindicat, número 67,1 4 07002 Palma o a través de la página Web: concursovalfar@maatasesores.com, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 29 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

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