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Documento BOE-B-2013-42637

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 2013, páginas 57291 a 57291 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-42637

TEXTO

Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario ordinario 434/13, en el que recayó auto de fecha 30 de septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Declarar en concurso que tiene carácter voluntario ordinario a la Sociedad Cooperativa de Viviendas Sol Naciente (...) declarándose abierta la fase común del concurso."

"Nombrar Administrador concursal a don José María Lamo Espinosa y Michels de Champourin."

"Ordenar la intervención por parte de la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición sobre todos los bienes y derechos de la concursada que hayan de integrarse en la masa del concurso.

Los actos que infrinjan dicha intervención podrán ser anulados y no tendrán acceso a registros públicos sin el cumplimiento de las exigencias legales. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales."

"Llamar a los acreedores de la persona concursada para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 LC la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de la declaración del concurso en el BOE y se dirigirá a la administración concursal pudiendo hacerse personalmente, por envío a la dirección c/ Infanta Mercedes, 111, Oficina 1.ª - 28020 Madrid o por correo electrónico a la dirección scvsolnaciente@crisismanagement.es, no siendo válida la dirigida al Juzgado."

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 8 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.

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