Mediante resolución de 6 de noviembre de 2013, de la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo, se declara el desistimiento del procedimiento abierto para la contratación del servicio de limpieza en los centros dependientes del Servicio Extremeño Público de Empleo, por haberse puesto de manifiesto una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato.
Mérida, 7 de noviembre de 2013.- El Secretario general del Servicio Extremeño Público de Empleo (P.D. R.09/08/2011. DOE n.º 156).
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