Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado 000291/2013, siendo el concursado Nicandro Deltell Ferrández, con DNI 21.970.979-E, con domicilio en Santa Pola (Alicante), Urbanización Gran Alacant, Avenida Mediterráneo, 51, bj. 9 C.P. 03130. en el que se ha dictado Decreto de fecha 06.11.13 que contiene los siguientes pronunciamientos:
1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Concurriendo en el/los concursado/s la condición de persona/s natural/es, la apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el arículo 25.3 y descendientes bajo su potestad.
4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.
6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).
Elche, 6 de noviembre de 2013.- El Secretario.
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