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Documento BOE-B-2013-43446

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2013, páginas 58327 a 58327 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-43446

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 684/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Suministros Electronova, Sociedad Limitada y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 684/2013 Sección C2.

NIG del procedimiento.- 5119/13.

Entidad concursada.- Suministros Electronova, Sociedad Limitada, con CIF número B-60261419.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 29 de octubre 2013.

Administradores concursales.- Doña Miriam Magdalena Cámara, con correo electrónico miriam.magdalena@aseam.es, domicilio social en Calle Font Vella, 82, 2º-2ª, 08221 Terrassa (Barcelona), y teléfono y fax número 937859369.

Facultades del concursado.-Intervenido.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 Ley concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 31 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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