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Documento BOE-B-2013-4388

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2013, páginas 5846 a 5846 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4388

TEXTO

Sentencia n.º 31.

En Sevilla, a 23 de enero de 2013.

Vistos por mí, don Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado mercantil n.º 2 de esta sede y su Partido Judicial los presentes autos n.º 835/12 de juicio verbal sobre responsabilidad de administrador seguidos entre partes, de la una, como demandante, don Antonio Manuel Pérez Ruiz, representado por la Procuradora de los Tribunales señora Ponce Ruiz, y asistida por el Letrado don Juan Santana Ramírez, contra doña Ana Isabel Pedrajas Pastor, en situación de rebeldía procesal.

Fallo.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Antonio Manuel Pérez Ruiz, representado por la Procuradora de los Tribunales señora Ponce Ruiz, contra doña Ana Isabel Pastor, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria de ésta, en su calidad de Administradora única de la entidad "Alfa Service Spain, S.L.", a la satisfacción de la deuda social de dicha entidad actuada en las presentes actuaciones y, en su consecuencia, condeno a la misma a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone a aquél la cantidad de cuatro mil ochocientos diecinueve euros con sesenta céntimos (4.819,60 euros), con más los intereses legales devengados por dicha suma en la forma que se indica en el Fundamento Jurídico Tercero de esta resolución y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 458 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Sevilla, 24 de enero de 2013.- Secretaria Judicial.

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