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Documento BOE-B-2013-44223

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2013, páginas 59274 a 59274 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-44223

TEXTO

Edicto.

D.ª Angela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso Abreviado 351/2013 se ha dictado a instancias del deudora "Mantenimientos Cascales, S.L.", con CIF número B-73066391, en fecha 11 de noviembre de 2013 auto de declaración de Concurso de dicha deudora, con domicilio en C/ Riga, Manzana 4, Parcela 4.3 Polígono Industrial Cabezo Baeza, Cartagena, Murcia.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la deudora quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

3.º Ha sido designado Administrador Concursal a Álvaro Roda Alcantud, Abogado, con domicilio en Paseo Alfonso XIII, número 47-4.º C.P. 30.203 Cartagena Murcia, teléfono 968124374, fax 868062674 y dirección de correo electrónico concursal.rodaabogados@gmail.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen en el plazo de un mes, directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

5.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de Registro de Documentos de la Ciudad de la Justicia.

6.º Los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

7.º En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web: www.oficinajudicialmurcia.es.

Murcia, 13 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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