Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-45001

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2013, páginas 60242 a 60242 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45001

TEXTO

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

Que en el concurso voluntario abreviado número 274/12, seguido a instancias de Prefabricados Industriales del Norte, S.A., CIF n.º A33080755, con domicilio en Carbaínos, Cenero, Gijón se ha dictado sentencia en fecha 23 de octubre de 2013, aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, en la que se acuerda:

1.º Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por el concursado Prefabricados Industriales del Norte, S.A., que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 18 de septiembre de 2013.

2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3.º Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el Capítulo II del Título VI.

4.º Se concede a la Administración Concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5.º Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación de concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

6.º Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Gijón, 13 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid